Felicitaciones por querer participar en uno de los deportes más seguros y atractivos de hoy!

Para ser miembro de IPSC Chile un deportista de tiro práctico debe:

1. Comprobar conocimientos de tiro práctico con uno de los siguientes requisitos:

  • Un diploma de curso de tiro práctico otorgado por un instructor debidamente autorizado por el Directorio de IPSC.
  • Participando en un mínimo dos competencias misceláneas de IPSC Chile sin tener ningún DQ (descalificación) y contar con la aprobación de por lo menos, dos oficiales de campo miembros de NROI.
  • Previamente haber sido miembro de IPSC Chile.
  • Ser patrocinado por algún club que tenga fechas en el campeonato nacional.
  • Ser patrocinado por mínimo dos miembros de IPSC Chile que llevan más de dos años competiendo en las competencias del campeonato nacional.

2. Contactar al Director Regional y presentar la información del punto 1 pidiendo oficialmente la membresía en IPSC Chile. Este punto no es necesario cumplir para los deportistas previamente inscritos como miembros de IPSC Chile.

3. Recibir la aprobación del Director Regional. El Director Regional solo podrá denegar esta aprobación por causa justificada y mediante una resolución fundada que pondrá en conocimiento del Directorio.

4. Encontrarse al día en el pago de las cuotas anuales completas de IPSC Chile.

5. Cumplir con el reglamento de IPSC Chile y buenas costumbres de tiro práctico, velar siempre por la buena imagen de IPSC Chile, respetando las reglas de comportamiento.

6. Contar con permiso de transporte o porte de armas válido en momento de inscribirse por primera vez o renovar su membresía.

7. Los miembros de IPSC Chile recibirán la tarjeta con su foto, nombre completo y su estado de membresía en IPSC Chile.

8. Para mantener su membresía en IPSC Chile, el deportista debe competir en un mínimo del veinticinco por ciento de las fechas del campeonato nacional.

9. Los deportistas de IPSC Chile que no cumplan con el reglamento de IPSC Chile y el comportamiento exigido, serán suspendidos o expulsados de IPSC Chile, sin devolución de su cuota de membresía, previo acuerdo del Directorio.

10. Los miembros de IPSC Chile que hubieren sido expulsados, al cabo de tres años, pueden volver a solicitar su incorporación, para lo cual presentarán una solicitud especial. La reincorporación deberá contar con la aprobación del Directorio.

Estatuto de IPSC Chile